Rechazando un planteo de la Fiscalía de Estado; el Superior Tribunal de Justicia, por decisión unánime, resolvió reconocer la legitimidad de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) en la demanda iniciada tiempo atrás por la inconstitucionalidad de la Ley 4735 de Emergencia institucional, económica, financiera, administrativa y social del sector público provincial (reconocida como Ley de Disponibilidad).
A pesar de que, la Fiscalía de Estado –en lo sustancial- entendió "que los derechos presuntamente vulnerados por la normativa cuestionada son individuales y que tal naturaleza individual requiere del consentimiento de los trabajadores para accionar"; la Procuradora General de la Provincia, en primera instancia, y El STJ, integrado por los jueces Enrique Mansilla, Sergio Barotto y Víctor Hugo Sodero Nievas después, sostuvo que ATE es una asociación con personería jurídica y gremial y que ejerce la representación libre del colectivo de los trabajadores ante el Estado y los empleadores, contando con la posibilidad de cuestionar las condiciones de trabajo. Así las cosas, nuestra demanda por inconstitucionalidad supera esta instancia y continúa en marcha.
"Este pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, si bien no resuelve el planteo de fondo, es un golpe más a una ley de disponibilidad que nunca debió haberse votado en la Legislatura", adelantó Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Río Negro y completó: "Este fallo también reafirma nuestro ámbito de representación gremial y fortalece la voluntad de todos los que decidimos afiliarnos a ATE para defender y recuperar derechos. La ley de disponibilidad debe ser derogada, no sólo por su inconstitucionalidad, sino porque hoy no existe consenso social para su aplicación".
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